Negociaciones activas para modificar el acuerdo bilateral
El Ecuador ha iniciado un proceso técnico de alto nivel para ajustar el Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) firmado con Emiratos Árabes Unidos, luego del dictamen emitido por la Corte Constitucional el 30 de marzo de 2026. Este pronunciamiento declaró la constitucionalidad del acuerdo, pero condicionó su validez a una modificación específica en uno de sus artículos clave.
Desde el 6 de abril, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones trabaja junto con la Cancillería y la Secretaría Jurídica de la Presidencia en la revisión del texto. El objetivo es incorporar una disposición que garantice el cumplimiento estricto de la Constitución ecuatoriana, sin comprometer la atracción de inversión extranjera.
El artículo 20 y la limitación del arbitraje internacional
El punto central del ajuste se concentra en el artículo 20, que regula el mecanismo de solución de controversias entre inversionistas y el Estado. En su versión original, permitía acudir a arbitraje internacional si las partes no resolvían sus diferencias en un plazo de seis meses.
La Corte Constitucional exigió incluir una exclusión expresa que establezca que los tribunales arbitrales internacionales no podrán conocer controversias contractuales o comerciales. Esta restricción responde al artículo 422 de la Constitución, que prohíbe ceder jurisdicción soberana en este tipo de disputas.
Proceso bilateral con Emiratos Árabes Unidos
El ministro de Producción, Luis Alberto Jaramillo, ha señalado que la nueva redacción deberá ser consensuada con Emiratos Árabes Unidos, lo que convierte este ajuste en un proceso estrictamente bilateral. Por esta razón, no existe un plazo definido para alcanzar un acuerdo final.
Las autoridades ecuatorianas ya han enviado la traducción oficial del dictamen en inglés al equipo negociador extranjero, lo que permite avanzar en las conversaciones con mayor claridad técnica. Este diálogo busca mantener el equilibrio entre la seguridad jurídica para inversionistas y el respeto al marco constitucional del país.
Objetivos del tratado y su relevancia económica
El acuerdo, compuesto por 34 artículos, tiene como finalidad promover y proteger las inversiones recíprocas, así como fortalecer las relaciones económicas entre ambos países. También busca crear condiciones estables, transparentes y equitativas para el desarrollo de proyectos de inversión.
Entre sus beneficios destacan el impulso al flujo de capital, la generación de empleo y el fortalecimiento de sectores estratégicos. El tratado además reconoce la importancia de respetar normativas relacionadas con el medio ambiente, la salud y la seguridad nacional.
Ruta institucional para su aprobación
Una vez acordada la modificación, el tratado será enviado nuevamente a la Corte Constitucional para su verificación. Posteriormente, pasará a la Asamblea Nacional, donde requerirá al menos 77 votos para su aprobación. Finalmente, será remitido al Ejecutivo para su ratificación y publicación en el Registro Oficial.

