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DELINCUENCIA Y DERECHOS HUMANOS Y CONSTITUCIONALES

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Son conceptos que están interconectados y que por su complejidad requieren ser planteados y discutidos en estos días en el marco de la gestión legislativa del «Proyecto de Ley Orgánica Para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno», calificada como urgente en materia...
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Son conceptos que están interconectados y que por su complejidad requieren ser planteados y discutidos en estos días en el marco de la gestión legislativa del «Proyecto de Ley Orgánica Para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno», calificada como urgente en materia económica.

En primera instancia, han surgido las críticas y una especie de descalificación constitucional de varios expertos sobre el irrespeto a la «unidad de materia del proyecto de ley y en la defensa de los derechos humanos». Lo han hecho sin priorizar la evaluación de lo necesario y positivo de esta ley que defiende los derechos de las víctimas, diferenciando los derechos de los delincuentes que amparados diez y siete años en los derechos y garantías de la actual Constitución se han beneficiado de la impunidad para tomarse al país afectando a los ciudadanos honestos. El Estado debe tomar acciones aún antes de las reformas profundas que son necesarias. De allí lo imperioso de discutir en la Asamblea Nacional esta ley y perfeccionarla si amerita hasta el límite que permita la Constitución vigente e identificar lo inconstitucional del proyecto para enmendar, reformar y cambiar la Constitución de ser necesario.

Hasta tanto, en la discusión parlamentaria, sobre la unidad de materia ya la Corte Constitucional se ha pronunciado en anterior ocasión al determinar que es al presidente Daniel Noboa a quien le corresponde definirlo y sobre las excepciones de derechos en Decretos de Emergencia que se pueden aplicar antes y después de los mismos como excepcionalidad constitucional.

El principio de unidad de materia busca garantizar que los proyectos de ley mantengan una relación coherente entre sus disposiciones y el tema central que abordan. Según el documento, este principio se cumple en el proyecto de ley, ya que todas las disposiciones están conectadas razonablemente con el objetivo de desarticular las economías criminales vinculadas al conflicto armado interno.

Ya la Corte Constitucional del Ecuador ha establecido que la unidad de materia no debe ser interpretada de manera estricta ni demasiado laxa, sino con una intensidad intermedia que permita conexidades razonables entre las disposiciones de la ley. En este caso, el proyecto de ley cumple con este principio al enfocarse exclusivamente en medidas financieras, tributarias y de seguridad para combatir las economías criminales y proteger a la población en el contexto del conflicto armado interno. Por lo tanto, el proyecto de ley está diseñado para evitar incluir disposiciones ajenas al tema central y garantizar que todas las reformas y medidas propuestas estén alineadas con su propósito principal. Respecto a los Derechos Humanos y Constitucionales, se debe primero especificar los conceptos de Conflicto Armado Interno, Derecho Internacional Humanitario y de Bloque de Seguridad incluidos como parte integral del proyecto de Ley.

El Conflicto Armado Interno es reconocido en el proyecto de ley, el mismo que en términos generales en Ecuador establece un marco jurídico considerando el enfrentamiento protagonizado por actores armados internamente en el mismo Estado que operan en y desde el interior del país.

El Derecho Internacional Humanitario (DIH) como marco fundamental para regular las acciones en el contexto del «conflicto armado interno». Destacando la distinción entre población civil y grupos armados organizados, la humanidad en la garantía del trato digno a las personas civiles que no participen en las hostilidades, la proporcionalidad de los métodos para evitar daños a civiles y bienes protegidos, la protección de personas y bienes de los civiles, la regulación del uso de la fuerza bajo los principios del DIH, sanciones por violación al DIH y el prioritario apoyo humanitario y económico a las víctimas utilizando bienes confiscados a los grupos armados organizados.

Y el Bloque de Seguridad, de acuerdo al proyecto de ley, es una instancia clave en el marco del conflicto armado interno, creada para coordinar y ejecutar acciones estratégicas en seguridad, economía y combate a las economías criminales. Se detallan sus principales características y funciones según el proyecto de ley.

Con estos antecedentes, uno de los primeros temas a discutir es que si bien los derechos humanos deben ser respetados «por todos y para todos», incluyendo a los delincuentes, pero a la vez que se demanda la defensa de los derechos humanos a favor de los delincuentes, la delincuencia sí infringe estos derechos al estar al margen de la ley. Por lo que la prevención de la delincuencia y la seguridad ciudadana deben ser abordadas de manera integral, considerando tanto la protección de los derechos humanos como la necesidad de garantizar la seguridad de la comunidad.

En principio la delincuencia ya es una violación de los derechos humanos de los honestos, de los trabajadores, del ciudadano común, del comerciante que es víctima de robos, violencia, extorsión, secuestro, etc.; afectando directamente los derechos humanos de las víctimas: el derecho a la vida, a su integridad personal, la seguridad y de su propiedad lograda con esfuerzo, por ejemplo.

Ante esta situación, en un país como Ecuador en donde la delincuencia común y organizada se ha tomado barrios, ciudadelas, cantones, provincias, de acuerdo a las cifras que el Gobierno comparte en las motivaciones de la nueva ley propuesta, la pregunta es ¿cuál debe ser la respuesta del Estado ecuatoriano en contra de la delincuencia? EL Gobierno ha decidido con esta ley atacar La economía criminal, restar derechos a los delincuentes identificados y recuperar el tejido social como acciones conexas.

Incluye también en el proyecto la respuesta estatal a través de la policía y fuerzas armadas en acciones respetuosas de los derechos humanos, que implica evitar la violencia excesiva, las detenciones arbitrarias, las ejecuciones extrajudiciales y otros abusos. En conclusión, en Ecuador, la delincuencia y los derechos humanos y constitucionales están en constante tensión. El Estado tiene la obligación de proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, pero también debe combatir la delincuencia para garantizar la seguridad pública. La Defensoría del Pueblo y la Corte Constitucional juegan un papel importante en la protección de los derechos y en la interpretación de la ley, mientras que la criminalidad organizada representa un desafío para el sistema judicial.

EDITORIAL DE 92.5 FOREVER RADIO

MARTES 20 DE MAYO DE 2025

Por Washington Delgado L.

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